"EL SUPREMO DETERMINA, QUE NO SE PUEDE
OBJETAR, A LA "EDUCACIÓN" PARA
LA "CIUDADANIA".
"Ampliar foto". "UN ALUMNO, CON LIBROS DE LA ASIGNATURA, DE LA "EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANIA".
"CON VEINTIDÓS VOTOS A FAVOR, Y SIETE EN CONTRA".
"EL CONTENIDO DE LA ASIGNATURA, NO LESIONA LOS DERECHOS DE LOS PADRES".
"EFE. 28.01.2009."El Tribunal Supremo,"TS" rechazó este miércoles, el derecho a ejercer la objeción de conciencia frente a la asignatura de Educación para la Ciudadanía, y los Derechos Humanos, han informado fuentes del Alto Tribunal".
"Después de 20 horas, "distribuidas en tres días" de deliberaciones, el fallo se ha resuelto con 22 votos a favor, y 7 en contra, considerando que el contenido de la asignatura, no lesiona los derechos de los padres".
"En los casos analizados, "no existe" el derecho de objeción de conciencia, y los dos decretos estudiados, ambos referidos a la Educación Secundaria, "no alcanzan a lesionar el derecho fundamental de los padres, para que sus hijos reciban la formación religiosa, y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones", según el fallo".
"EXAMINADOS CUATRO RECURSOS".
"El pleno ha examinado cuatro recursos de casación, tres referentes a sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, y una del de Andalucía. Las tres primeras, denegaban el derecho de objeción a otras tantas familias, y la cuarta se lo reconocía a unos padres".
OBJETAR, A LA "EDUCACIÓN" PARA
LA "CIUDADANIA".
"Ampliar foto". "UN ALUMNO, CON LIBROS DE LA ASIGNATURA, DE LA "EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANIA".
"CON VEINTIDÓS VOTOS A FAVOR, Y SIETE EN CONTRA".
"EL CONTENIDO DE LA ASIGNATURA, NO LESIONA LOS DERECHOS DE LOS PADRES".
"EFE. 28.01.2009."El Tribunal Supremo,"TS" rechazó este miércoles, el derecho a ejercer la objeción de conciencia frente a la asignatura de Educación para la Ciudadanía, y los Derechos Humanos, han informado fuentes del Alto Tribunal".
"Después de 20 horas, "distribuidas en tres días" de deliberaciones, el fallo se ha resuelto con 22 votos a favor, y 7 en contra, considerando que el contenido de la asignatura, no lesiona los derechos de los padres".
"En los casos analizados, "no existe" el derecho de objeción de conciencia, y los dos decretos estudiados, ambos referidos a la Educación Secundaria, "no alcanzan a lesionar el derecho fundamental de los padres, para que sus hijos reciban la formación religiosa, y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones", según el fallo".
"EXAMINADOS CUATRO RECURSOS".
"El pleno ha examinado cuatro recursos de casación, tres referentes a sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, y una del de Andalucía. Las tres primeras, denegaban el derecho de objeción a otras tantas familias, y la cuarta se lo reconocía a unos padres".
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