"EL SUPREMO REBAJA 10 AÑOS, LA PENA A UN VIOLADOR AL SER UN DELITO CONTINUADO, HASTA EL EMBARAZO DE UNA MENOR DE 12 AÑOS".
"COMO EL VIOLAR ERA "SU VIDA",
EL SUPREMO LE REBAJA 10 AÑOS".
"01.05.2010."El Tribunl Supremo, ha rebajado a la mitad "de 20 años a 10", la condena que impuso la Audiencia de Valladolid, a Luis Nieto Muñoz, de unos 50 años, su "pasatiempo como violador" el pasado año y como autor de dos delitos de abuso sexual, cometidos contra una niña de 12 años, de nacionalidad colombiana, que era hija de la compañera sentimental del agresor".
"La resolución de la Sala Segunda, del Alto Tribunal reconoce todos los hechos que fueron juzgados en su día, por la Sección Cuarta vallisoletana, aunque le rebaja en 10 años la condena al aplicar la doctrina de que, pese a que el hombre abusó durante dos años de la niña, a la que dejó embarazada, "existió una homogeneidad del acto por parte del agresor dentro de una estructura, de pensamiento unitario".
"Ello permite al Supremo, aplicar la teoría del delito continuado, por lo que entiende que aunque los abusos a la menor, fueron en diferentes meses y circunstancias, sólo cabría aplicarle una única pena, por delito continuado y no dos, como entendieron los tres magistrados, vallisoletanos".
"Según explicaron fuentes judiciales, "bajo esta apreciación cuando se produce este tipo de conductas delictivas, sólo cabría imponer una pena única. Si se viola dos, tres o más veces, al final al autor habría que condenarle, como si hubiera cometido una sola agresión sexual", indicaron las mismas fuentes".
"En los hechos reconocidos por los dos tribunales, el provincial y el estatal, se señala que el hombre, había abusado de su condición de superioridad, por la relación con la madre de la pequeña, para en ausencia de ésta meterse en la cama, y tener acceso carnal con la niña".
"El fallo recogía probado que "le tocaba la vagina con la lengua, y la penetraba vaginalmente en numerosas ocasiones".
"Estos abusos se cometieron, desde octubre del 2006 hasta finales del año 2008, cuando la niña, de 12 años, se quedó embarazada de su padrastro. Fueron los continuos vómitos los que obligaron a llevarla al Centro de Salud, de la calle Tórtola, donde se determinó que el embarazo, superaba las 22 semanas".
"Tras auscultarla y hablar con la niña, los médicos del Clínico pusieron en marcha el protocolo, para estos casos y comunicaron los hechos a la autoridad judicial, que abrió diligencias, que permitieron determinar los abusos continuados".
"Los facultativos sanitarios recomendaron, dada la gravedad, la interrupción provocada del embarazo, en el plazo de 48 horas".
"La niña declaró protegida, por un biombo en el juicio a puerta cerrada celebrado en la Audiencia de Valladolid, donde reconoció los abusos sexuales, cuando su madre se iba de casa".
"El agresor, camarero de profesión, insistió que pudo haberse acostado con su hijastra, en ocasiones, cuando volvía a casa en estado de embriaguez".
"La madre, de unos 30 años y que tiene otro hijo menor con el condenado, declaró que no tuvo conocimiento de estos abusos, aunque no ejerció la acusación particular, contra su marido, que quedó en manos de la Fiscalía de Valladolid".
"El Ministerio Público, se opuso en el Supremo a la rebaja a la mitad de la pena. El Alto Tribunal, ha mantenido los 200.000 euros de indemnización. Tras la sentencia de la Audiencia de Valladolid, la Consejería de Familia recibió el contenido del fallo, para que abriese una investigación, sobre si había existido una actuación correcta de la madre, y si deberían retirarle la custodia".
EL SUPREMO LE REBAJA 10 AÑOS".
"01.05.2010."El Tribunl Supremo, ha rebajado a la mitad "de 20 años a 10", la condena que impuso la Audiencia de Valladolid, a Luis Nieto Muñoz, de unos 50 años, su "pasatiempo como violador" el pasado año y como autor de dos delitos de abuso sexual, cometidos contra una niña de 12 años, de nacionalidad colombiana, que era hija de la compañera sentimental del agresor".
"La resolución de la Sala Segunda, del Alto Tribunal reconoce todos los hechos que fueron juzgados en su día, por la Sección Cuarta vallisoletana, aunque le rebaja en 10 años la condena al aplicar la doctrina de que, pese a que el hombre abusó durante dos años de la niña, a la que dejó embarazada, "existió una homogeneidad del acto por parte del agresor dentro de una estructura, de pensamiento unitario".
"Ello permite al Supremo, aplicar la teoría del delito continuado, por lo que entiende que aunque los abusos a la menor, fueron en diferentes meses y circunstancias, sólo cabría aplicarle una única pena, por delito continuado y no dos, como entendieron los tres magistrados, vallisoletanos".
"Según explicaron fuentes judiciales, "bajo esta apreciación cuando se produce este tipo de conductas delictivas, sólo cabría imponer una pena única. Si se viola dos, tres o más veces, al final al autor habría que condenarle, como si hubiera cometido una sola agresión sexual", indicaron las mismas fuentes".
"En los hechos reconocidos por los dos tribunales, el provincial y el estatal, se señala que el hombre, había abusado de su condición de superioridad, por la relación con la madre de la pequeña, para en ausencia de ésta meterse en la cama, y tener acceso carnal con la niña".
"El fallo recogía probado que "le tocaba la vagina con la lengua, y la penetraba vaginalmente en numerosas ocasiones".
"Estos abusos se cometieron, desde octubre del 2006 hasta finales del año 2008, cuando la niña, de 12 años, se quedó embarazada de su padrastro. Fueron los continuos vómitos los que obligaron a llevarla al Centro de Salud, de la calle Tórtola, donde se determinó que el embarazo, superaba las 22 semanas".
"Tras auscultarla y hablar con la niña, los médicos del Clínico pusieron en marcha el protocolo, para estos casos y comunicaron los hechos a la autoridad judicial, que abrió diligencias, que permitieron determinar los abusos continuados".
"Los facultativos sanitarios recomendaron, dada la gravedad, la interrupción provocada del embarazo, en el plazo de 48 horas".
"La niña declaró protegida, por un biombo en el juicio a puerta cerrada celebrado en la Audiencia de Valladolid, donde reconoció los abusos sexuales, cuando su madre se iba de casa".
"El agresor, camarero de profesión, insistió que pudo haberse acostado con su hijastra, en ocasiones, cuando volvía a casa en estado de embriaguez".
"La madre, de unos 30 años y que tiene otro hijo menor con el condenado, declaró que no tuvo conocimiento de estos abusos, aunque no ejerció la acusación particular, contra su marido, que quedó en manos de la Fiscalía de Valladolid".
"El Ministerio Público, se opuso en el Supremo a la rebaja a la mitad de la pena. El Alto Tribunal, ha mantenido los 200.000 euros de indemnización. Tras la sentencia de la Audiencia de Valladolid, la Consejería de Familia recibió el contenido del fallo, para que abriese una investigación, sobre si había existido una actuación correcta de la madre, y si deberían retirarle la custodia".
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