"UNA JOVEN EXTRANJERA, ES MULTADA POR CRUZAR LAS VIAS EN "CASTELLDEFELS PLATJA", UN DÍA DESPUÉS DE LA TRAGEDIA".
"EL JARRÓN DE FLORES QUE COLOCÓ
IRMA, UNA VECINA DE CASTELLDEFELS".
"Una joven es multada, por cruzar
las vías en Castelldefels Platja,
un día después de la tragedia".
"La Ley Ferroviaria de Catalunya, aprobada en noviembre de 2009 establece multas de hasta 30.000 euros, por infracciones consideradas graves como, precisamente, cruzar por donde no está estipulado"
"AGENCIAS. 25.06.2010."Tan sólo un día después de la fatal tragedia que costókla vida a 13 personas al cruzar la via del tren, en la estación de "Castelldefels Platja", los Mossos d'Esquadra han multado en esa misma estación a una joven extranjera, por cruzar las vías".
"La joven se negó a identificarse, y la seguridad privada de la estación la retuvo hasta que llegó la policía catalana. Al parecer fue sancionada. Se desconoce el importe, aunque dijo a la policía, que no sabía que no se podía cruzar".
"Precisamente, el artículo 64 de la Ley Ferroviaria de Catalunya, dispone que cruzar las vías fuera de los lugares habilitados es una infracción grave, multada con entre 6.000 y 30.000 euros".
"Este viernes, el secretario de Estado de Infraestructuras, Víctor Morlán, aseguró que desconocía que se hubiera multado a nadie, por cruzar las vías pero recordó que está totalmente prohibido".
"El Parlament de Catalunya, aprobó en noviermbre de 2009 por unanimidad la Ley Ferroviaria de Catalunya, que adapta la legislación catalana a las normativas europeas tal como hizo el Estado en 2003, para separar la titularidad y gestión de las infraestructuras ferroviarias".
"Esta normativa establece sanciones al "metring", a la mendicidad y al salto a las vías. Establece la posibilidad de sancionar con multas de hasta 6.000 euros el denominado "metring", que consiste en viajar en la parte trasera del convoy, en los estribos laterales o las gomas que unen los vagones, así como ejercer la mendicidad, comercializar bienes u ofrecer cualquier actividad artística en los vagones o instalaciones de metro y tren "sin autorización de la empresa explotadora".
"Así, utilizar las alarmas y mecanismos de freno de los trenes sin causa justificada o detener las escaleras mecánicas y ascensores de forma indebida también serán consideradas infracciones leves de esta norma, para las que se imponen sanciones que van "desde una advertencia" a "multas de hasta 6.000 euros". Cuando estas dos últimas acciones "comporten peligro para las personas", la multa podrá llegar hasta los 30.000 euros".
"Otras prácticas como cruzar las vías por donde no está permitido e introducirse en los túneles, o bien "destruir, deteriorar, alterar o modificar" cualquier elemento de las instalaciones ferroviarias, de las vías y los trenes serán consideradas infracciones graves, para las que se fijan multas "de entre 6.001 y 30.000 euros".
"El régimen sancionador de la nueva norma, incluye también "infracciones muy graves" "con multas de entre 30.001 y 300.00 euros" que "pueden comportar la revocación o suspensión, por un periodo máximo de un año de la autorización administrativa" para ejercer la actividad ferroviaria a las empresas operadoras, que incumplan la normativa poniendo en peligro la vida de los usuarios".
"La norma incorpora además un catálogo de derechos y deberes de los usuarios, de este tipo de transporte, que incluyen la obligación de las operadoras a informar de todas las incidencias, en el servicio, con posibilidad de indemnizar a los usuarios por incumplimiento de sus obligaciones".
"Además, se permite a los usuarios transportar su bicicleta en los trenes y metros, relegando al futuro reglamento que desarrolle la ley los lugares, o vagones específicos para ello".
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