"SEGÚN LA CONSTITUCIÓN DE VENEZUELA, EL PARLAMENTO PUEDE DECLARAR LA "FALTA ABSOLUTA", SI "HUGO CHÁVES" SE AUSENTA POR MÁS DE 90 DÍAS DEL PAÍS".
Venezuela:El Parlamento puede declarar
la "falta absoluta", si Chávez se ausenta
por más de 90 días".
Foto: JPG. "La Asamblea Nacional Venezolana".
"EUROPA PRESS.01.07.2011."La Asamblea Nacional Parlamento", podría declarar la "falta absoluta" en el caso de que el presidente venezolano, Hugo Chávez, se ausente más de 90 días del país, según establece uno de los artículos de la Constitución, que ha sido mencionado por algunos de sus opositores".
"Chávez, de 56 años, anunció el jueves por la noche desde Cuba, que le fue diagnosticado un cáncer y que ha tenido que someterse a dos intervenciones quirúrgicas. Desde hace más de veinte días, el mandatario socialista no ha sido visto en actos públicos ni tampoco ha precisado cuándo regresará a Venezuela, lo que ha desatado una ola de rumores, sobre quién asume actualmente las riendas del país".
El vicepresidente venezolano, Elías Jaua, aclaró este viernes que el Gobierno no tiene intenciones de implementar ningún mecanismo, para reemplazar en la Presidencia al líder de la llamada revolución bolivariana".
"En Venezuela hay una estabilidad política, tenemos un presidente en pleno ejercicio que es Hugo Chávez", enfatizó en declaraciones a la emisora colombiana Caracol Radio".
"El artículo 234 de la Constitución, establece que "las faltas temporales" del presidente "serán suplidas por el vicepresidente Ejecutivo, o vicepresidenta Ejecutiva hasta por 90 días, prorrogables por decisión de la Asamblea Nacional por 90 días más".
"Sin embargo, aclara que "si una falta temporal se prolonga por más de 90 días consecutivos, la Asamblea Nacional decidirá por mayoría de sus integrantes, si debe considerarse que hay falta absoluta".
"Jaua dejó claro que no ha sido designado como presidente interino de la República, pues Chávez continúa gobernando desde Cuba. De hecho, algunas decisiones de gran relevancia, han sido avaladas y firmadas por el propio mandatario desde Cuba, pero fechadas en Caracas".
"La Carta Magna no prohíbe expresamente que Chávez, pueda gobernar desde el exterior, pero determina en su artículo 233 que "si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período constitucional", el vicepresidente debería asumir la Presidencia, hasta completar el tiempo restante. El actual período presidencial culmina a comienzos de 2013".
"La Constitución define como "falta absoluta" del mandatario "la muerte, su renuncia, la destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, la incapacidad física o mental permanentemente, certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia, y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado este por la Asamblea Nacional, así como la revocatoria popular de su mandato".
"La oposición, aglutinada en la Mesa de la Unidad Democrática "MUD", ha exigido que se tome una decisión, en torno a la ausencia de Chávez, aunque sin éxito debido a que la mayoría en el Parlamento, la tiene el gobernante Partido Socialista Unido de Venezuela "PSUV", que ha reiterado en múltiples ocasiones que, no buscará un sustituto a su líder".
"Las complicaciones en la salud del gobernante venezolano, surgen en momentos en los que la oposición busca un candidato para los comicios de 2012, en los que Chávez aspirará a un nuevo mandato, gracias a una reforma constitucional aprobada en febrero de 2009, en una consulta popular, que permite la reelección indefinida"."Foto: JPG. "Diputados de la oposición y de Cháves, llegando a las manos por la actualidad del líder en Cuba".
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