"LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA, COMIENZA EL JUICIO DE LA ONG "ANESVAD" CONTRA EL EX-PRESIDENTE "JOSÉ LUIS GAMARRA ARANOA" Y DOS PÁJAROS MÁS"
"Arranca en Bilbao, el juicio contra tres
ex-responsables de Anesvad, acusados de
presunta apropiación, de fondos de la
ONG".
"Está prevista la declaración del principal acusado, José Luis Gamarra Aranoa, para quien el Ministerio fiscal pide 6 años de cárcel".
"Foto: JPG. "José Luis Gamarra Aranoa".
"EUROPA PRESS.04.03.2012."La sección primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia, acoge este lunes la primera jornada del juicio, contra los tres responsables de la ONG Anesvad hasta 2007, acusados presuntamente de haberse apropiado de los fondos de la entidad".
"En la primera jornada está prevista la declaración del principal acusado, y ex-presidente de la ONG, José Luis Gamarra Aranoa, para quien el Ministerio fiscal pide una pena de seis años de prisión".
"Foto: JPG.
"Los otros dos acusados, Francisco Martínez Fernández y José Miguel Sustacha Olabe, director financiero y director general de la entidad, respectivamente, entre los años 2002 y 2006, y para los que el fiscal también solicita seis años de pena, está previsto que declaren durante la jornada del martes, según han señalado fuentes del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco".
"Además, la fiscalía reclama que Gamarra Aranoa, indemnice en concepto de responsabilidad civil, a Anesvad con 3,2 millones de euros, Francisco Martínez Fernández pague a la ONG 64.369,45 euros, y José Miguel Sustacha Olabe otros 83.167,26 euros. También solicita que el despacho Bufete Barrilero y asociados "Rasla", como partícipes a título lucrativo del artículo 120 del CP, que restituyan a la entidad, la cantidad de 300.000 euros".
"Según el escrito fiscal, los acusados entre los años 1996 y 2006, dispusieron e incorporaron a su patrimonio, fondos propiedad y/o gestionados por Anesvad, ONGD sin ánimo de lucro, encomendada al Protectorado del Gobierno, y clasificada como de "Beneficencia particular de carácter asistencial" de Asuntos Sociales, destinándolos a fines particulares propios y ajenos, y no para los fines sociales, para los cuales se recibían los donativos que a lo largo de los años incrementaban los mencionados fondos sociales".
"Para realizar la disposición e incorporación a su patrimonio particular, los acusados usaron numerosas cuentas bancarias, traspasando las cantidades procedentes de los donativos realizados a Anesvad, de unas a otras, hasta finalmente disponer de las mismas para sus fines particulares", explica la Fiscalía".
"El texto del fiscal, añade que las cuentas usadas son tanto cuentas de la fundación registradas en la contabilidad de la misma, como cuentas no registradas en la contabilidad, propias también de la fundación, cuyos fondos los constituyen fundamentalmente donativos, que se realizan a la fundación".
"CONSULADO DE FILIPINAS".
"Igualmente, denuncia que se utilizaron cuentas abiertas, como de titularidad del Consulado de Filipinas, por razón de ser el acusado José Luis Gamarra Aranoa, cónsul honorario de tal país desde el 18 de octubre de 1995, cargo para el que usaba medios materiales y personales de la fundación, que no generaban los correlativos pagos que el consulado debía hacer a la entidad", y finalmente cuentas particulares".
"El escrito señala que Francisco Martínez Fernández, y José Miguel Sustacha Olabe, de forma continuada, dispusieron de fondos propiedad de la Fundación Anesvad y/o gestionados por ésta y destinados para fines sociales, para sus fines particulares, para lo cual "manipularon, los asientos contables que recogían los ingresos por cuotas de los socios de cuentas bancarias contabilizadas, y dieron de baja en la contabilidad de la fundación, una cuenta bancaria para ingresar en ella donativos destinados a la fundación, que incorporaron a su patrimonio".
"La fiscalía indica que las cantidades incorporadas por José Miguel Sustacha Olabe, a su patrimonio y que se han podido concretar, lo habrían sido mediante el cobro en efectivo de cheques al portador, firmados por él mismo y ascienden a 263.167,26 euros".
"Las cantidades incorporadas por José Francisco Martínez Fernández, a su patrimonio que se han podido concretar, lo fueron mediante cheque o traspaso con destino a cuentas bancarias de su titularidad o controladas por él y ascienden a 304.369,45 euros".
"Igualmente, según el escrito, incorporaron fondos de la Fundación a su patrimonio particular, mediante el desvío de los mismos, desde la cuenta bancaria a nombre de la fundación, pero no contabilizada por ésta, para lo cual ingresaron en dicha cuenta cheques que previamente excluían del conjunto, de los que la fundación recibía habitualmente por correo, procedentes de donantes "expedidos indistintamente a nombre de Anesvad, Leprosería Culión, Misión China, etc." y que se ingresaban una vez por semana, o remitían a dicha cuenta fondos procedentes de otras cuentas contabilizadas por la fundación, siendo la cantidad dispuesta por cada uno de ellos de 457.275 euros".
"La cantidad incorporada a su patrimonio por los acusados, asciende, en el caso del acusado Francisco Martínez Fernández, a 761.644,45 euros, y en el del acusado José Miguel Sustacha Olabe a 720.442,26 euros".
"Por su parte, el acusado José Luis Gamarra Aranoa, habría desviado fondos de las cuentas atribuidas a la Fundación Anesvad, no contabilizadas ingresándolos en cuentas de su titularidad por un importe de 1.563.412,10 euros".
"Además, habría retirado fondos de las cuentas atribuidas a la fundación Anesvad no contabilizadas, y las ingresó en otras cuentas, apropiándose de la cantidad de 1.326.128,97 euros. De este modo, el acusado retiraba dinero, mediante cheques, del grupo de cuentas no contabilizadas por la Fundación Anesvad, para su ingreso en las cuentas del Consulado general de Filipinas en Bilbao, cuentas controlada por él mismo y utilizadas para fines particulares, según la Fiscalía".
"Gamarra Aranoa habría retirado, igualmente, en cantidad de 300.508,94 euros, fondos de cuentas, sí contabilizadas en la contabilidad de la fundación, ingresando tales fondos en cuentas atribuidas y controladas por el mismo. Esta disposición del dinero se justificaba en la contabilidad de la fundación, bajo el nombre de "liquidación de proyectos finalizados", sin que realmente se llevaran a cabo".
"El Ministerio público cree que Gamarra Aranoa, utilizó fondos de cuentas de Anesvad no contabilizadas, para realizar inversiones a su nombre. En fecha 22 de junio de 1999 habría retirado mediante cheque al portador, la cantidad de 1.502.530,26 euros de una cuenta de la ONG, ingresándolo en el Banco Santander Central Hispano, con la finalidad de proceder a la adquisición a su nombre de participaciones, en diversos fondos de inversión mobiliaria".
"Aprovechando que parte de los fondos de una herencia a la Fundación Anesvad, se encontraban en una cuenta en Suiza, el acusado, según el escrito, habría procedido a la apertura de una cuenta en dicho país, a su exclusivo nombre, transfiriendo los fondos a la misma. La cantidad que derivó a su patrimonio de esta forma, asciende a 983.605,85 euros".
"Del mismo modo, habría actuado sobre cantidades en efectivo de las cuentas atribuidas a la fundación no contabilizadas, utilizando para ello a empleados pertenecientes al Departamento de Logística, departamento éste en el que trabajaban amigos personales del acusado, encargados de realizar todo tipo de gestiones personales del imputado. La cantidad así dispuesta asciende a 720.186,39 euros".
"Asi mismo, se indica que Gamarra Aranoa presuntamente, habría retirado fondos por importe de 780.904,43 euros de las cuentas atribuidas a la fundación no contabilizadas, para beneficio propio o de terceras personas".
"PETICIÓN DE PENAS".
"Por todo ello, el Fiscal reclama para José Luis Gamarra Aranoa, por un delito continuado de apropiación indebida, seis años de prisión".
"Para Francisco Martínez Fernández, y para José Miguel Sustacha Olabe, por sendos delitos continuados de apropiación indebida, en concurso medial con un delito continuado de falseamiento de documento mercantil, pide seis años de prisión".
"Concurre en cada uno de los acusados, la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal de reparación parcial del daño causado".
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