"TODAS LAS LEYES, SON IMPUESTAS PARA "JODER" AL POBRE CIUDADANO ESPAÑOL U EXTRANJERO".

"ESTO, NO ES LEY NI ES "NA".

"TODAS LAS LEYES, SON PARA JODER MÁS AÚN AL POBRE".

"¡¡TOTAL,QUE EL INQUILINO SIEMPRE PIERDE!!".

"EL CGPJ, DA EL VISTO BUENO A LA "NORMA" LA
CUAL AGILIZARÁ LOS "DESAHUCIOS" EN ESPAÑA".

"EFE".
"Se modifica la Ley de Arrendamientos y la Ley de Propiedad Horizontal. Amplía los supuestos para no prorrogar un contrato de arrendamiento. Hasta ahora el arrendador podía negarse a prorrogar el contrato durante cinco años sólo cuando necesitara la vivienda para uso propio".

"El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) considera aceptable y adecuado el anteproyecto de Ley de medidas de Fomento del Alquiler de Viviendas y la Eficiencia Energética que el Gobierno aprobó el pasado mes de agosto y que persigue, entre otros objetivos, agilizar los "desahucios".

"El pleno del CGPJ aprobó su informe sobre esta norma, elaborado por la vocal Margarita Uría, que había recibido ya el visto bueno de la Comisión de Estudios, según explicaron fuentes del órgano de gobierno de los jueces. El CGPJ debe pronunciarse sobre los anteproyectos y disposiciones que afecten a derechos fundamentales o al funcionamiento de los juzgados y tribunales, aunque su opinión no es vinculante".

"El informe señala que el propósito de la norma es "potenciar el mercado de los arrendamientos urbanos"En este caso, el informe se refiere al anteproyecto de Ley de Medidas de Fomento del Alquiler de Vivienda y la Eficiencia Energética en los Edificios, aprobado por el Consejo de Ministros el 14 de agosto. La norma de Fomento del Alquiler de Viviendas y la Eficiencia Energética el modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Propiedad Horizontal, así como diversos preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Civil".

"El informe señala que el propósito de la norma, es "potenciar el mercado de los arrendamientos urbanos". Es "una opción legislativa legítima" que se inserta en una política de vivienda "orientada a cumplir el mandado constitucional consagrado en el artículo 47", es decir, "el reconocimiento del derecho de todos los ciudadanos a disfrutar de una vivienda digna y adecuada".

"Uno de los preceptos modificados por el anteproyecto es el apartado 3 del artículo 9de la Ley de Arrendamientos Urbanos, que amplía los supuestos para no prorrogar un contrato de arrendamiento".

"NOVEDADES EN EL "ANTEPROYECTO".

"Si hasta ahora el arrendador podía negarse a prorrogar el contrato durante cinco años sólo cuando necesitara la vivienda para su propio uso, la nueva norma establece que también podrá hacerlo si lo necesitan "sus familiares en primer grado de consanguineidad".

"Cautelas jurídicas dirigidas a evitar su utilización fraudulenta", ya que si el arrendatario desalojara la vivienda, y no fuera ocupada por el arrendador o sus familiares en tres meses, el inquilino podrá percibir una indemnización, o recuperar la vivienda de nuevo".

"Agiliza los litigios en materia de desahucio por impagos de la misma forma que se actúa cuando expira el contrato de arrendamiento".

"Exige una mayoría cualificada (y no la unanimidad) en las juntas de propietarios para instalar en los inmuebles equipos que mejoren la eficiencia energética"

"NOTICIA EXTRA: HA GANADO EL "FILÓSOFO"
EL PREMIO PLANETA TAL COMO PREDIJE YÓ AYER".

"TODOS LOS JURADOS, DE TODOS LOS PREMIOS
Y CONCURSOS, ESTÁN VENDIDOS A PRECIO DE ORO".

"¡¡¡VERGÜENZA LES TENDRIAN QUE DAR A ESOS CAPULLOS!!!".

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