"LA MAYORIA DE LOS PARADOS, AÚN NO PUEDEN

PEDIR LA MORATORIA, EN EL PAGO

DE SUS HIPOTECAS".

"OTRO ENREDO, LIO Y EMBUSTE DE ZAPATERO".

"Ampliar foto". "LAS HIPOTECAS, SEGÚN ENEKO".

"13.01.2009.-19:45.h."Sólo unas pocas entidades, se han adherido a la medida del Gobierno. El real decreto, se publicó en el BOE hace más de 40 días. Zapatero dijo; que "puede afectar a más de 500.000 trabajadores". Sólo puedes beneficiarte, si tu banco tiene acuerdo con el ICO".

"Consumidores en Acción "FACUA", denuncia que la inmensa mayoría de parados, todavía no puede acogerse a la moratoria de dos años, en el pago de hasta el 50% de sus hipotecas, ya que sólo unas pocas entidades de crédito, se han adherido a la medida. El real decreto, fue publicado en el BOE el pasado 2 de diciembre".

"La moratoria fue anunciada, a comienzos de noviembre, por el presidente del Gobierno y está vigente desde el 1 de enero. Zapatero señaló entonces, que "puede afectar a más de 500.000 trabajadores".

"La asociación asegura que, ha observado importantes carencias, en la medida, tanto por las limitaciones en los destinatarios, como en los elevados tipos de interés, con los que habrá que devolver las cantidades aplazadas".

"Por ejemplo, denuncian que Zapatero, no aclaró que si las entidades financieras se niegan, sus clientes no podrán acogerse a la medida. Para que una persona en paro, pueda solicitar la moratoria hipotecaria, es imprescindible que su entidad financiera, haya suscrito un convenio con el Instituto de Crédito Oficial "ICO".

"Diecisiete entidades, con acuerdo con el ICO. El "listado de entidades", de crédito adheridas a la Línea ICO-Moratoria-Hipotecaria se reduce, con fecha 12 de enero, a diecisiete: BBVA, Caja de Ahorros de La Rioja, Caixa Manlleu, Banca March, Banco Cooperativo Español, Caja Rural del Sur, Caja Rural de Ciudad Real, Caja Rural Aragonesa y de los Pirineos, Caja Rural de Aragón, Cajasiete, Caja Rural de Teruel, Banca Pueyo, SA Nostra, Caja de Ahorros y MP de las Baleares, Cajamar, Banco de Valencia, Caja General de Ahorros de Canarias e Ipar Kutxa Rural. Quiénes pueden solicitarla".

"Podrán beneficiarse de la medida, siempre que su entidad financiera, haya suscrito el acuerdo con el ICO, trabajadores por cuenta ajena, en desempleo al menos durante los tres meses inmediatamente, anteriores a la solicitud".

"También trabajadores por cuenta propia, que se hayan visto obligados a cesar, en su actividad económica, manteniéndose en esa situación, durante un periodo mínimo de tres meses. Y asimismo, los pensionistas de viudedad, por fallecimiento ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario".

"La medida deja fuera a otros perfiles de usuarios que, sin estar parados, sí se encuentran en situaciones económicas especialmente problemáticas, como aquéllos que han sufrido recortes, en sus ingresos con posterioridad, a la firma de sus hipotecas"

"Tampoco podrán beneficiarse, los hipotecados que, sin haber reducido sus sueldos, han experimentado mportantes subidas en las cuotas mensuales, de sus hipotecas. La condición para acogerse a la moratoria, es que la hipoteca, sobre vivienda habitual, haya sido suscrita antes del 1 de septiembre de 2008, por un valor inferior a 170.000 euros, y no se encuentre en situación de moratoria".

"El aplazamiento, se instrumentará a través de un contrato firmado, entre el cliente y la entidad de crédito. ¿Cómo solicitarla?. Según indica el ICO en su página web, "el cliente tendrá que presentar la documentación, que cada entidad de crédito considere necesaria, para estudiar la operación", si bien ésta "no podrá exigir garantías, al cliente".

"En cualquier caso, para solicitar la moratoria, los desempleados deberán presentar ante su entidad de crédito, un certificado que acredite esta situación, expedido por el Servicio Público de Empleo Estatal".

"Los trabajadores por cuenta propia, que hayan cesado su actividad, o tengan ingresos inferiores a tres veces el importe mensual del Iprem, tendrán que aportar un certificado expedido, por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, sobre la base de la declaración efectuada, por el interesado ante el organismo. En el caso de viudedad, mediante certificado expedido, por el correspondiente organismo de la Seguridad Social".

"El Gobierno librará de pagar la mitad de las hipotecas a los más afectados por la crisis". ¡¡MENTIRA COCHINA!!".

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