"LA FISCALIA SE QUERELLA CONTRA EL JUEZ "JOSÉ ELPIDIO SILVA", POR DELITOS DE PREVARICACIÓN, RETARDO MALICIOSO Y DOS DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INDIVIDUAL EN EL "CASO BLESA".
"La Fiscalía se querella contra el juez, del 'caso Blesa', por prevaricación, retardo y delito contra la libertad".
"Acusa a Elpidio Silva, a actuar imponiendo "su propia voluntad y criterio sobre la interpretación racional de la ley".
"EUROPA PRESS.19.07.2013."La Fiscalía de Madrid, ha presentado una
querella contra el titular del Juzgado de Instrucción número 9 de
Madrid, José Elpidio Silva, por delitos de prevaricación, retardo
malicioso en la Administración de Justicia, y dos delitos contra la
propiedad individual en relación con sus actuaciones en el denominado
'caso Blesa', contra el expresidente de Caja de Madrid".
"La querella se presenta al encontrar la Fiscalía, presuntamente irregulares varias de las decisiones adoptadas por el juez Silva, en el marco de la investigación a Miguel Blesa por la presunta concesión irregular de un crédito a Gerardo Díaz Ferrán, y la compra del City National Bank de Florida, entre ellas la de enviarle a prisión incondicional el pasado 5 de junio".
"La propia Audiencia de Madrid, anuló el pasado 19 de junio la instrucción realizada por el juez Silva por el tema del crédito, al considerar que el magistrado había convertido indebidamente el proceso contra Miguel Blesa en una "causa general, en busca de los responsables de la crisis económica que atravesamos y su castigo". Dejó abierta sin embargo, la puerta a que se sigan investigando los hechos relacionados con el City National".
"En su recurso, la Fiscalía argumenta que Elpidio Silva, cometió un delito de prevaricación porque adoptó diversas resoluciones, "que no pueden ser explicadas mediante ninguna interpretación razonable efectuada con los métodos usualmente admitidos en Derecho", imponiendo de esta forma "su propia voluntad y criterio sobre la interpretación racional de la ley".
"En este sentido, el recurso repasa las decisiones del juez, para la reapertura de las actuaciones contra Blesa por la concesión del crédito a Díaz Ferrán, dos años después de haber acordado su sobreseimiento y sin que durante ese periodo hubiera aparecido "nada nuevo que lo justificase".
"El magistrado-juez denunciado, únicamente procedió a la reapertura de las actuaciones como consecuencia del conocimiento que obtuvo, --aunque se ignora cómo-- de la existencia de un procedimiento contra la entidad Bankia, que se seguía en un Juzgado que no era su propio Juzgado", explica".
"La Fiscalía considera así "ilógico e improcedente", el modo por el que Elpidio Silva reabrió el caso, justificando su "arbitraria decisión" en razón a criterios, como la alarma social derivada de la crisis económica mundial, y la implicación en la misma de las entidades financieras. El recurso sostiene que estos "no constituyen argumentos jurídicos, sino que se revelan como razones totalmente ajenas a Derecho".
"MANOS LIMPIAS NO TENÍA CONDICIÓN DE PARTE".
"Pero además, denuncia al magistrado por retardo malicioso, por no dar trámite hasta dos meses después a los recursos interpuestos contra el secreto de las actuaciones acordado, "con el fin de impedir a las defensas acceder al procedimiento", sin que a su juicio existiera "motivo legal alguno" para adoptar la medida".
"La Fiscalía también denuncia al juez ,por dos delitos contra la libertad individual en los dos autos en los que dictó prisión para Blesa, el primero de ellos bajo fianza de 2,5 millones de euros, y el segundo sin fianza".
"El recurso argumenta, que el magistrado adoptó esta medida contra el expresidente de Caja Madrid a instancias únicamente del sindicato Manos Limpias, que justifica que no tenía condición de parte para realizar la petición. La Fiscalía aporta un auto que estableció la inadmisión de la personación de Manos Limpias, como acusación particular por no tener la consideración de perjudicado en proceso".
"SIN MOTIVOS PARA DICTAR PRISIÓN".
"Pero además, censura el segundo auto por el que el juez envió a Blesa a prisión, omitiendo en él resolver sobre la devolución de la fianza de 2,5 millones de euros, que el expresidente de Caja Madrid había depositado anteriormente".
"El imputado Miguel Blesa, pese a haber satisfecho dos millones y medio de euros, que garantizaban que no eludiría la acción de la justicia, se encontraba al mismo tiempo privado de libertad sin fianza", reprueba".
"Para la Fiscalía, no existían motivos legales para decretar la prisión eludible bajo fianza de Blesa, pero menos aún, para que veinte días después, Elpidio Silva acordase prisión provisional para él sin que durante ese tiempo no se hubiera generado "ningún dato nuevo y relevante, que justificase dicho cambio de situación, a excepción del mero derecho del acusado de imponer su voluntad sobre el Derecho".
"De esta forma, rechazan los argumentos del juez, justificando la prisión por riesgo de fuga, dado que Blesa había depositado 2,5 millones de euros como fianza, y alteración de fuentes de prueba, ya que Bankia es una entidad "actualmente intervenida, y bajo la total supervisión del Banco de España".
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