"SANTIAGO VIDAL VOLVERÁ A EJERCER COMO JUEZ TRAS SU SUSPENSIÓN DE REDACTAR UNA CONSTITUCIÓN CATALANA INDENPENDENTISTA".
"El Supremo reconoce el derecho del magistrado, a incorporarse al servicio activo tres años después de su suspensión".
.- Santiago Vidal, exsenador de Esquerra
y uno de los cerebros jurídicos del proceso independentista catalán,
volverá a ejercer como juez. El Tribunal Supremo le ha reconocido su
derecho a incorporarse al servicio activo tras haber sido suspendido
durante tres años por redactar una constitución para una hipotética república catalana independiente. El Consejo General del Poder Judicial prorrogó su suspensión como magistrado
al cumplirse el plazo al considerarlo no apto para la judicatura sobre
la base de un artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial que fue
declarado inconstitucional el pasado diciembre, precisamente a
instancias del propio Vidal.
.- En un comunicado remitido este martes, Vidal se ha mostrado satisfecho por la decisión del Tribunal Supremo pero ha apuntado que se siente "muy incómodo por tener que volver a ejercer de juez dentro del Estado español". "Me hubiera gustado poderlo hacer en el sistema judicial de la república de Catalunya", ha afirmado.
.- En el momento de ser suspendido por falta muy grave, en febrero de 2015, Vidal era magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Provincial de Barcelona. Según la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo, el magistrado tendrá derecho, además, a percibir las retribuciones que le habrían correspondido durante el periodo en el que el Consejo del Poder Judicial extendió su suspensión.
.- Vidal, que en julio cumplirá 65 años, se encuentra actualmente investigado por el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona, que lleva la causa sobre los aspectos logísticos del referéndum ilegal de autodeterminación de Cataluña del 1 de octubre de 2017. El Consejo General del Poder Judicial lo suspendió de funciones, tras participar en la redacción del borrador de una constitución catalana, como autor de una falta muy grave consistente en la "ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales". Esta sanción fue posteriormente confirmada por el Tribunal Supremo.
.- Sin embargo, en marzo de 2018, cuando concluyó la separación del servicio activo, el órgano de gobierno de los jueces lo mantuvo apartado por la aplicación del artículo 367.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. El Consejo le denegó la reincorporación que había solicitado "al constatarse su falta de aptitud como consecuencia de sus manifestaciones e intervenciones públicas efectuadas durante el periodo de suspensión de funciones". El órgano presidido por Carlos Lesmes consideró entonces que sus declaraciones revelaban su "falta de lealtad a las instituciones del Estado y a la Constitución".
.- Para denegar entonces su reincorporación, el Consejo tuvo en cuenta que Vidal, que durante su suspensión fue senador por Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) protagonizó desde noviembre de 2016 una serie de conferencias por toda Cataluña en las que describió algunas de las medidas que la Generalitat estaba llevando a cabo de cara a la independencia. Algunas de ellas, asegura Vidal, son ilegales o admiten acuerdos con Estados extranjeros.
.- Sin embargo, el pasado diciembre, el Tribunal Constitucional declaró nula la parte del artículo 367.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que establecía que para el reingreso de los jueces sancionados, el Consejo debe pronunciarse previamente sobre su aptitud. La redacción de aquel precepto, dijo el Constitucional, atentaba contra el principio de seguridad jurídica. Esta decisión del alto tribunal abría la puerta para la reincorporación de Vidal, que ahora el Supremo ha terminado de confirmar.
.- En un comunicado remitido este martes, Vidal se ha mostrado satisfecho por la decisión del Tribunal Supremo pero ha apuntado que se siente "muy incómodo por tener que volver a ejercer de juez dentro del Estado español". "Me hubiera gustado poderlo hacer en el sistema judicial de la república de Catalunya", ha afirmado.
.- En el momento de ser suspendido por falta muy grave, en febrero de 2015, Vidal era magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Provincial de Barcelona. Según la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo, el magistrado tendrá derecho, además, a percibir las retribuciones que le habrían correspondido durante el periodo en el que el Consejo del Poder Judicial extendió su suspensión.
.- Vidal, que en julio cumplirá 65 años, se encuentra actualmente investigado por el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona, que lleva la causa sobre los aspectos logísticos del referéndum ilegal de autodeterminación de Cataluña del 1 de octubre de 2017. El Consejo General del Poder Judicial lo suspendió de funciones, tras participar en la redacción del borrador de una constitución catalana, como autor de una falta muy grave consistente en la "ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales". Esta sanción fue posteriormente confirmada por el Tribunal Supremo.
.- Sin embargo, en marzo de 2018, cuando concluyó la separación del servicio activo, el órgano de gobierno de los jueces lo mantuvo apartado por la aplicación del artículo 367.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. El Consejo le denegó la reincorporación que había solicitado "al constatarse su falta de aptitud como consecuencia de sus manifestaciones e intervenciones públicas efectuadas durante el periodo de suspensión de funciones". El órgano presidido por Carlos Lesmes consideró entonces que sus declaraciones revelaban su "falta de lealtad a las instituciones del Estado y a la Constitución".
.- Para denegar entonces su reincorporación, el Consejo tuvo en cuenta que Vidal, que durante su suspensión fue senador por Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) protagonizó desde noviembre de 2016 una serie de conferencias por toda Cataluña en las que describió algunas de las medidas que la Generalitat estaba llevando a cabo de cara a la independencia. Algunas de ellas, asegura Vidal, son ilegales o admiten acuerdos con Estados extranjeros.
.- Sin embargo, el pasado diciembre, el Tribunal Constitucional declaró nula la parte del artículo 367.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que establecía que para el reingreso de los jueces sancionados, el Consejo debe pronunciarse previamente sobre su aptitud. La redacción de aquel precepto, dijo el Constitucional, atentaba contra el principio de seguridad jurídica. Esta decisión del alto tribunal abría la puerta para la reincorporación de Vidal, que ahora el Supremo ha terminado de confirmar.
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